IUSI para los gobiernos locales

Un tributo predial sobre la propiedad inmueble.
Por: José Alejandro Arévalo

De acuerdo con nuestra Constitución política, el sistema tributario guatemalteco debe ser justo y equitativo, para cuyo efecto las leyes tributarias deben estructurarse conforme al principio de capacidad de pago. Bajo este principio constitucional, quien más tiene es quien más puede contribuir al sostenimiento del Estado; es decir, para favorecer la gobernabilidad y estabilidad social (seguridad y justicia), a la movilidad social y al desarrollo humano intergeneracional (salud y educación).

Estados Unidos de América, la Unión Europea y la mayoría de países desarrollados tienen en común que una fuente primordial de financiamiento de los gobiernos locales consiste en cobrar un tributo predial, territorial o sobre la propiedad inmueble, que aquí conocemos como IUSI (Impuesto Único sobre Inmuebles).

Desde 1995 el Gobierno central ha venido descentralizado la administración del IUSI trasladándolo a las Municipalidad del país. Este impuesto que beneficia a los gobiernos locales a nivel municipal tiene un potencial inmenso debido a la subvaluación generalizada de los inmuebles.

Son los grandes propietarios inmobiliarios quienes más subvalorados tienen sus inmuebles, mientras la mayoría de la población paga correctamente; por ejemplo, quienes obtienen un crédito bancario asegurado por el FHA no tienen otra opción que registrar la compra-venta al valor real mientras otros, que compran en efectivo, inscriben las compra-ventas en precios desproporcionadamente ínfimos para eludir el pago de impuestos.

En la mayoría de países no se toleran discrepancias entre los valores declarados y registrados para efectos de propiedad, compra-venta de inmuebles, de crédito bancario y fiscal, porque cuando se necesita adquirir un inmueble por razones de interés público el Estado no puede indemnizar al propietario por encima del valor registrado, así como tampoco fiscalmente se aceptan depreciaciones calculadas sobre montos que excedan a los valores registrados.

El Manual de Avalúos, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, establece para el ámbito urbano las tablas de valores de zonas homogéneas toman en cuenta características físicas y económicas, encontrando diferencias y semejanzas por zona, sector, calle y avenida, determinadas por factores como ubicación, ancho y revestimiento de calles, banquetas, arriates, parques, servicios (agua, luz, teléfono, drenajes, áreas verdes, etcétera), cercanía a estaciones de bomberos, Policía, cuarteles, etcétera, así como los precios por metro cuadrado de las ventas potenciales (oferta y demanda) y compra-ventas reales de los inmuebles. Ahora corresponde a los municipios del país empezar a aplicar este manual, que les permitirá ser más justos en el cobro y beneficiar a sus habitantes.

Fuente: El Periodico
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Municipios van por el IUSI

Descentralización favorece proyectos
Por: Irving Escobar Calito

Doscientas 28 corporaciones municipales cobran por su cuenta el Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), y 10 más están por hacerlo. Cada vez las municipalidades ven más atractivo recaudar ese tributo por su cuenta, ya que así obtienen el total de los ingresos. Por el contrario, los municipios que lo reciben por medio de la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles, del Ministerio de Finanzas (Dicabi), son cada vez menos, pues el dinero que ésta les proporciona es muy poco. “Recuerdo que antes recibíamos Q30 mil al año, y ahora que lo hacemos nosotros mismos llegamos a Q200 mil”, resaltó Roel Pérez, alcalde de Ipala, Chiquimula. En el 2005, la Dicabi recaudó Q998 mil 489 para 104 municipios, a razón de Q9 mil 600 para cada uno. Selvin García, presidente de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), subrayó la importancia de que cada corporación pueda recaudarlo, para no depender tanto del Gobierno. Agregó que el total de esos fondos debe ser destinado a la ejecución de obras municipales. Cobro difícil Llevar los impuestos a las arcas ediles tiene sus dificultades. Ángel Laj, jefe de Catastro y Avalúo de San Juan Chamelco, Alta Verapaz, reconoció que la recaudación es complicada en las áreas urbanas, pues los vecinos no están acostumbrados a tributar, y en las rurales es casi imposible. Ese municipio tiene ocho años de cobrar el IUSI.

En la Democracia, Escuintla, Clara Luz Guzmán, jefa de Catastro, aseguró que han tenido buena experiencia con el autoavalúo, a partir de tasas mínimas en colonias, el casco urbano y el área rural. Para facilitar la recaudación fiscal, la Dicabi asesora a los funcionarios ediles, informó Corina Ardón, vocera de Finanzas. Negocio redondo La Ley del IUSI avala, desde 1998, que las municipalidades lo recauden por su cuenta. Las primeras fueron las de Guatemala, Villa Nueva, Mixco, Chinautla y Amatitlán.

Hoy, 228 corporaciones han seguido el ejemplo. Quien lleva la batuta en la recaudación es la comuna capitalina, que capta más de la tercera parte del total a nivel nacional. Según la Dicabi, esta municipalidad recibió Q145.5 millones en el 2005. Le siguieron Mixco, con Q39.1 millones; Villa Nueva, con Q32.5 millones, y Santa Catarina Pinula, con Q17.8 millones. Actualmente hay seis departamentos descentralizados en la recaudación del IUSI: Escuintla, Suchitepéquez, Izabal, Petén, El Progreso y Zacapa, y pronto lo estarán Retalhuleu y Guatemala. Opiniones •“Si las alcaldías no pueden obtener más fondos, ponen en riesgo la autonomía municipal”. - Roel Pérez, alcalde de Ipala, Chiquimula.

“El IUSI debe ser la fuente de ingresos para ejecutar proyectos de desarrollo en cada municipio”. - Selvin García, presidente de Anam. Recaudación independiente Las alcaldías pueden obtener beneficios del IUSI: La Dicabi promueve una campaña para que las alcaldías conozcan los beneficios de la descentralización. Las municipalidades interesadas deben solicitar por escrito a Finanzas que emita un acuerdo de descentralización del IUSI a su favor. La Dicabi eleva la petición al despacho ministerial, para la firma. El Ministerio de Finanzas manda publicar el acuerdo en el Diario de Centro América. En reunión de Concejo, se levanta un acta de que se tiene la capacidad para recaudar el impuesto. La Dicabi inicia la capacitación a funcionarios y personal ediles. Contempla instrucción en la Ley del IUSI, elaboración de formularios, formación de base de datos y estrategias para el avalúo, entre otros aspectos. A través de un oficio al titular de Finanzas se indica que la comuna está apta para la recaudación y administración del IUSI. La Dicabi continúa la asesoría a la comuna.


Fuente: Prensa Libre: "Del Inmueble y sus Mejoras"
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